Las hojas de reclamaciones se pueden definir como aquel instrumento institucional que pueden utilizar los consumidores/ras y usuarios/as para defender y proteger sus intereses y poder expresar frente a la empresa reclamada y ante la Administración con competencias en materia de Consumo su disconformidad en los casos en que considere que un producto, bien o servicio adquirido de una empresa o comercio no reúne las características y exigencias por las que paga.

A través de ellas se pueden denunciar la existencia de una posible infracción o irregularidad en el producto o servicio recibido, o bien se puede reclamar a la empresa que preste el servicio o venda el producto o la restauración de los mismos en las condiciones pactadas inicialmente, ola indemnización por el daño o perjuicio causado.

 

Descargese aquí su hoja de reclamaciones (PDF Rellenable)

 

 

 

En el caso de descargarsela deberá a continuación rellenarla, firmarla y escanearla y enviarla al corrreo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. junto con toda la documentación acreditativa entre ella el DNI RECLAMANTE, o acudir al establecimiento para entregar la copia correspondiente de la hoja de reclamaciones y llevarse una copia sellada y firmada, como prueba de la reclamación presentada. También existe la posilbilidad de recogerla en el establecimiento.

Tras la entrega de la hoja de reclamación a la Administración competente, ésta abrirá diligencias con el fin de comprobar las posibles infracciones denunciadas o dará trámite a las reclamaciones que se efectúen a través de unos sistemas de resolución de conflictos, como son la conciliación, el arbitraje o la mediación. La utilización de estas hojas no excluye que puedan formular su reclamación por cualquier otro medio previsto en la Ley.

Cuando se utilicen hojas en formato papel, el empresario o prestación de servicios se quedará con una copia. El reclamante - denunciante se quedará con dos copias, una de las cuales va dirigida a la Administración. Si en el plazo de diez días no recibiera respuesta, o ésta no fuera satisfactoria, el usuario podrá remitir la copia a la Administración para que inicie la tramitación de la reclamación - denuncia.

 

SISTEMA DE HOJAS ELECTRÓNICAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES POR INTERNET

Las personas consumidoras y usuarias que opten por el empleo del Sistema de Hojas Electrónicas para presentar la queja o reclamación ante una empresa titular de actividades adherida a dicho sistema.

 

Requisitos

*Certificado Electrónico Reconocido, Certificado Electrónico de las Personas Jurídicas o, en su caso, Sistema de Firma Electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad. Prestar su consentimiento para darse de alta en el Sistema de Notificación Telemática.

*Tanto las empresas que deseen adherirse como las personas consumidoras y usuarias que opten por el Sistema de Hojas Electrónicas, una vez dadas de alta en el sistema de notificación telemática, dispondrán de una dirección electrónica habilitada para recibir las notificaciones telemáticas.

*Las empresas que quieran adherirse al Sistema de Hojas Electrónicas remitirán de forma telemática la solicitud de adhesión a través de dicha aplicación informática en el portal web:  Junta de Andalucía - Reclamaciones

La adhesión supone el alta automática, previo consentimiento de la empresa, en el sistema de notificación telemática de la Junta de Andalucía.

Estas solicitudes serán resueltas en plazo de quince días naturales (la resolución será notificada por medios electrónicos). El transcurso de este plazo sin respuesta por parte de la Administración, podrá ser entendido como estimación de la solicitud.

 

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